¿CÓMO PREVENIR ACCIDENTES DE NIÑOS Y BEBÉS EN EL HOGAR?

1.- COLOCAR TAPONES EN LOS ENCHUFES ELÉCTRICOS.

El niño o bebé puede introducir sus dedos y recibir una descarga eléctrica.

2.- NO UTILIZAR RECIPIENTES DE BEBIDAS O REFRESCOS PARA ALMACENAR SUSTANCIAS QUIMICAS (LIMPIEZA DETERGENTES O CORROSIVO)

El niño puede creer que es para beber y sufrir intoxicación o envenamiento.

3.- BLOQUEAR LOS ACCESOS A ESCALERAS (BARANDALES)

El niño puede resbalar y caer por la escalera debe usarlas siempre con el apoyo de un adulto.

4.- NO DEJAR JUGUETES EN BALCONES O CERCA DE ALBERCA

El niño o bebe al estar jugando los juguetes se pueden caer y el niño o bebe al tratar de recuperarlos puede caer o introducirse a la alberca poniendo en riesgo su vida.

5.- CERRAR ALJIBES O PILETAS CON CANDADO

El niño o bebe  puede caer dentro de estos y ahogarse.

6.- NO TENER TINAS, BOTES O DEPOSITOS DE AGUA LLENOS AL ALCANCE DE LOS NIÑOS

El niño o bebe puede introducirse y ahogarse.

7.- NUNCA DEJAR CONECTADOS OBJETOS CALIENTES (PLANCHA, CAFETERA, ETC.)

El niño o bebe puede entrar en contacto con ellos y sufrir quemaduras.

8.- NO DEJAR SARTENES ENCENDIDOS SIN LA SUPERVICIÓN DE ADULTOS

El niño  por curiosidad o por tratar de tomar comida puede volcarlos hacia el y sufrir quemaduras

9.- TENER CUIDADO CON CABLES DE LUZ EXPUESTOS.

El niño o bebe puede tomarlos y morderlos por lo que puede recibir una descarga eléctrica.

10.- NO DEJE AL ALCANCE DE LOS NIÑOS CERILLOS O ENCENDEDORES.

El niño puede iniciar un incendio.

Elaboró: Unidad Municipal de Protección Civil. 

INFORMACIÓN DADA A CONOCER POR EL GOBIERNO MUNICIPAL DE LA PIEDAD
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  • Este mensaje tiene exclusivamente fines informativos en materia de protección civil, seguridad y/o salud pública, de conformidad con lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

 

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