• Cajetas de Celaya, nopales de Valtierrilla,cerámica mayólica de Dolores, ejemplos de éxito

Por Salvador Y. Maldonado Díaz

Guadalajara, Jalisco. 5 de abril de 2018.- La figura jurídica de las marcas colectivas ha mostrado su utilidad para promover la identidad de productos emblemáticos de varios lugares del país, como ha sido el caso de algunos del  Estado de Guanajuato, señaló el director del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), Miguel Ángel Margáin González

El funcionario federal puso los ejemplos exitosos de las marcas colectivas guanajuatenses, las cajetas de Celaya, los nopales de Valtierrilla (municipio de Salamanca) y la cerámica mayólica de Dolores Hidalgo.

El titular del organismo garante de la propiedad intelectual de nuestro país refirió que el marco jurídico mexicano ha ponderado la importancia de las marcas colectivas, como una forma propicia para reforzar la identidad de productos emblemáticos, como también se ha dado en el caso del famoso queso Cotija de los Estados de Jalisco y Michoacán.

Recordó que, al momento, el marco legal mexicano en la materia ha considerado a las marcas colectivas y las denominaciones de origen, como los mecanismos más empleados para favorecer productos ligados a las identidades regionales.

Pero también dijo que recientemente este marco jurídico se ha enriquecido con la introducción de la figura de las indicaciones geográficas (artículos 156 y 157 de la Ley de Propiedad Industrial)

EL DATO

La marca colectiva Cajeta de Celaya, fue reconocida en fecha reciente y engloba a Celaya, Cortazar, Apaseo el Grande, Villagrán y Juventino Rosas, donde los productores, que representan la marca, podrán elaborar cuatro tipos de productos: premium, artesanal, típico y comercial.

La Secretaría federal de Economía ha señalado que Guanajuato cuenta con las marcas colectivas con las siguienes marca colectivas: Mayólica de Dolores Hidalgo y Guanajuato Región de Origen; Alfarería Dolores Región de Origen; Mezcal San Felipe Torres Mochas; Exclusivo; Los Sombreros San Pancho Pueblos del Rincón Región de Origen; Pan Grande de Acámbaro; y Nopal Villa Valtierrilla.

La Ley de Propiedad Industrial establece que para las denominaciones de origen se requiere una Norma Oficial Mexicana (NOM), lo que no ocurre con las marcas colectivas.